Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Conclusiones generales en relación con la orden vigésima quinta de la sentencia T-760/08, sobre la eliminación de las glosas “principio activo en POS” y “fallo de tutela”
- Seguimiento al cumplimiento de la orden vigésima quinta de la sentencia T-760/08
- Niveles de cumplimiento a las órdenes de la sentencia T-760/08
- Valoración del cumplimiento de la orden vigésima quinta de la sentencia T-760/08
- Declarar el nivel de cumplimiento general y cesar el seguimiento de la orden vigésima quinta de la sentencia T-760/08
- Metodología y matrices de valoración para analizar el cumplimiento de las órdenes de la sentencia T-760/08
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Con el presente auto se declara el NIVEL DE CUMPLIMIENTO GENERAL de la orden vigésimo quinta de la Sentencia T-760/08.
La Corte considera que la eliminación efectiva de las glosas que obstaculizaban el procedimiento de recobro hace innecesario que se mantenga la intervención excepcional del juez constitucional y, por ello, decide cesar el seguimiento de la precitada orden.
Se ordena remitir el asunto a la Superintendencia Nacional de Salud para que en desarrollo de sus competencias, despliegue las actuaciones que considera necesarias para concluir el proceso de seguimiento y remita el informe a la Procuraduría General de la Nación, para lo de su competencia.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. Declarar el NIVEL DE CUMPLIMIENTO GENERAL de la orden vigesimo quinta de la sentencia T-760 de 2008, por las razones expuestas en la parte considerativa de esta providencia.
- Segundo. CESAR el seguimiento de la orden vigesimo quinta de la sentencia T-760 de 2008 de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente decision y remitir a el asunto a la Superintendencia Nacional de Salud para que en desarrollo de sus atribuciones constitucionales y legales despliegue las actuaciones para concluir el proceso de seguimiento y remita informe dentro de los tres (3) meses siguientes a la notificacion de este auto, a la Procuraduria General de la Nacion para lo de su competencia.
- Tercero. Proceda la Secretaria General de esta Corporacion a librar las comunicaciones correspondientes, remitiendo copia integral de este proveido.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.